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"Paquete Completo" de Constitución de Sociedad en
Costa Rica:
El "Paquete Completo" Incluye:
ahora a US$1250
- Impuesto Anual: Incluido por el año de registro de la sociedad. Debe pagarse durante el mes de enero de cada año.
- Agente Residente en Costa Rica (abogado): 1 año
- Domicilio Social en Costa Rica para recibo de correspondencia: 1 año
- Presentación anual de formulario de Ingresos para impuesto de renta: 1 año
- Articulos de Incorporación.
- Copia de las Artículos de Incorporación con Apostilla.
-Traducción al Inglés de los Artículos de Incorporación
-Certificado de Personería extendido por el Registro Nacional.
-Traducción al inglés del certificado de Personería.
-Libros Legales debidamente inscritos ante la autoridad correspondiente.
-Primeros Asientos en Libros Legales.
-
Certificados de Acciones realizados conforme a las especificaciones recibidas
-Envío
Paquete Básico de Constitución de Sociedad en
Costa Rica:
El Costo Total para la creación de una sociedad nueva
es de USD$ 700+Envío
Envío: (variable dependiendo del medio seleccionado)
El paquete Básico de Sociedades nuevas incluye:
- Impuesto Anual: Incluido por el año de registro de la sociedad. Debe pagarse durante el mes de enero de cada año.
-Artículos de Incorporación
-Traducción a Inglés de los Artículos de Incorporación
-Certificado de Personería extendido por el Registro Nacional.
-Traducción al inglés del certificado de Personería.
-Libros Legales debidamente inscritos ante la autoridad correspondiente.
-Primeros Asientos en los Libros Legales
-Certificado de Acciones realizados conforme a las especificaciones recibidas.
¿Sociedad de Responsabilidad Limitada o Sociedad Anónima?
Hay diversos tipos de sociedades en Costa Rica, por lo que mediante
esta página nosotros proporcionamos una breve descripción
de las más comúnmente utilizadas. También es
necesario tener en cuenta que para crear sociedades en Costa Rica
usted tiene que considerar los requisitos implicados en cada una de
ellas, sean las SOCIEDADES ANÓNIMAS ( S.A.) o una SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L.):
Sociedad de Responsabilidad Limitada:
La Sociedad de Responsabilidad Limitada (L.T.D.A. o S.R.L) fue creada
como alternativa a la Sociedad Anónima (el S.A.) (La cual se
describe abajo). Es más simple para su funcionamiento que una
S.A. puesto que no requiere de muchos actos formales. Esto la hace
conveniente para la pequeña y mediana empresa. Las características
principales de la compañía de responsabilidad limitada
son: que la responsabilidad de los accionistas se limita a la cantidad
de su contribución al capital social, el capital social se
divide en acciones individuales que no se pueden vender al público
a menos que sea ofrecidas previamente a los demás socios, que
la sociedad se componen de un mínimo de dos accionistas sin
ningún tipo de límite en cuanto a el número máximo
de los accionistas permitidos.
Esta clase de sociedad es manejada por uno o varios Gerentes, los
cuales puedan o no ser accionistas. Mientras que la simplicidad de
operación es una ventaja de esta forma corporativa la desventaja
es la limitación en la capacidad de transferir la propiedad
del L.T.D.A. o S.R.L. a los terceros. La L.T.D.A. se puede dirigir
por un Gerente con amplias facultades de cómo apoderado. Puede
también haber más Gerentes o Sub-Gerentes, según
lo sea apropiado o no de acuerdo al caso.
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Sociedad Anónima:
La Sociedad Anónima es la forma más usada como forma
de organización de negocios en Costa Rica. Las características
principales son que la responsabilidad de los accionistas está
limitada a su contribución al capital social y la propiedad
de acciones de la sociedad es transferida fácilmente a terceros
por medio de endoso nominativo. La Junta Directiva es el órgano
supremo de la sociedad y expresa la voluntad colectiva de los socios.
Las siguientes posiciones deben asignarse en la junta directiva de
la sociedad:
1. Presidente
2. Secretario
3. Tesorero
4. Además, es necesaria la designación de un Fiscal (que no puede estar relacionado familiarmente con ningún otro
miembro de la Junta Directiva) y un agente residente, quien tiene
que ser abogado debidamente incorporado de acuerdo con la legislación
costarricense.
En
general, las posiciones mencionadas arriba son el mínimo necesario para los propósitos de incorporación
y no excluyen la posibilidad de designar a vice presidentes, gerentes
u otras posiciones no citadas. Aún más, es necesario
disponer cuales miembros de la junta directiva tendrán
poderes para actuar en nombre de la compañía y
si estos poderes serán ejercitadas en conjunta o separadamente
por uno o varios miembros (por lo menos el presidente debe tener
poderes suficientes de representar a la compañía
judicial y extrajudicialmente).
PODERES:
En Costa Rica, hay varios tipos de poderes, entre ellas y los más
comúnmente usados posible son Generalísimos, Generales
y Especiales, que se pueden limitar en clase, en tiempo y en cantidad;
los cuales se pueden describir de la siguiente manera:
1. PODERES GENERALÍSIMO: permite a la persona
que lo ostenta comprar, vender, hipotecar, etc. de cualquier bien que
posea la compañía. También la autoriza para firmar
cheques, facturas, contrato con proveedores, el etc. Estos poderes pueden
ser limitados, tanto en el tipo de actos se permiten y prohíben
como en la cantidad total de actos o contratos.
2. PODER GENERAL: Está únicamente concebido
para ser utilizado para propósitos administrativos, tales como
contratar con personal para los propósitos giro comercial de
la empresa, firmar facturas y, en general, cualquier otro documento
que se relacione directamente con el ejercicio comercial de la compañía.
Este tipo de poder no permite ningún tipo de disposición
de bienes de la compañía.
3. PODER ESPECIAL: El apoderado especial podrá
ejecutar unos o más actos específicos, tanto de administración
o disposición. Una característica especial de este tipo
de poder es que, en comparación con el generalísimo y
general, previamente explicados, no necesita ser registrado en la sección
mercantil del Registro Público.
Es importante tomar en cuenta que tomando en cuenta estas clases de
poderes establecidos, se pueden bosquejar diferentes formas de organización
de los mismos de acuerdo con las necesidades corporativas especiales
de su empresa. Por ejemplo, se puede crear diferente tipos de escenario
como los siguientes:
a. El presidente tiene plenos poderes de representación de la
compañía.
b. El presidente y el secretario tienen plenos poderes de representación
de la sociedad siempre y cuando actúen conjuntamente (deben firmar
los dos para la validez del acto).
c. El presidente y la secretaria pueden actuar individualmente en transacciones
de hasta $ 50.000.00 y en deberán actuar conjuntamente para transacciones
mayores a esta suma.
d. Todos los miembros de la Junta Directiva tienen plenos poderes para
actuar a nombre de la compañía individualmente.
e. Cualquier otra combinación establecida por los accionistas.
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